ACUERDO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL (EULA)

(12/03/2018)

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AL ABRIR EL PAQUETE, INSTALAR, PULSAR «ACEPTAR», «SÍ» O «ACEPTAR», O AL UTILIZAR EL PRODUCTO, LA ENTIDAD O PERSONA FÍSICA QUE CELEBRA EL PRESENTE ACUERDO ACEPTA QUEDAR VINCULADA POR LAS SIGUIENTES CONDICIONES. ASIMISMO, RECONOCE QUE HA LEÍDO Y ACEPTADO NUESTRA POLÍTICA DE PRIVACIDAD DEL PRODUCTO www.nakivo.com/support/política de privacidad/. SI NO ESTÁ DE ACUERDO CON ALGUNO DE ESTOS TÉRMINOS O CON NUESTRA POLÍTICA DE PRIVACIDAD, NO INSTALE NI UTILICE EL PRODUCTO, Y DEVOLVÁLO INMEDIATAMENTE A NAKIVO O A SU REVENDEDOR DE NAKIVO. SI RECHAZA ESTE ACUERDO, NO OBTENDRÁ NINGUNA LICENCIA PARA UTILIZAR EL PRODUCTO.

El presente Contrato («Contrato») se celebra entre la entidad o persona física que lo suscribe («Cliente») y la entidad de NAKIVO correspondiente al territorio aplicable, tal y como se describe en la sección 19 («NAKIVO»). Además de las restricciones impuestas en virtud del presente Contrato, se aplicarán a su uso del Producto cualesquiera otras restricciones de uso que contengan las instrucciones de instalación del Producto o las notas de la versión.

Territorio: El país en el que el Cliente adquirió la licencia.

1. DEFINICIONES GENERALES

«Afiliado» es una entidad que controla, es controlada por o comparte control común con NAKIVO o el Cliente, cuando dicho control se deriva de: (a) una participación accionarial directa o indirecta superior al 50 %, o (b) la facultad de dirigir o hacer que se dirijan la gestión y las políticas, ya sea mediante la titularidad de acciones con derecho a voto, por contrato o de cualquier otra forma, igual a la que confiere una participación accionarial directa o indirecta superior al 50 %.

«Documentación» se refiere a las publicaciones técnicas relacionadas con el software, tales como notas de la versión, guías de referencia, de usuario, de instalación, para administradores de sistemas y directrices técnicas, incluidas con el Producto.

«Capacidad con licencia» es la cantidad de cada Producto con licencia según lo establecido en el Pedido.

«Pedido»: documento acordado, en formato escrito o electrónico, sujeto a los términos del presente Contrato, que identifica los Productos que se van a licenciar y su Capacidad de licencia y/o el Soporte que se va a adquirir y las tarifas que se van a pagar.

«Producto»: el código objeto del software y toda la Documentación adjunta entregada al Cliente, incluidos todos los elementos entregados por NAKIVO al Cliente en el marco del Soporte.

«Soporte»: el programa de servicios de soporte tal y como se especifica con más detalle en el presente Contrato.

2. ALCANCE

Las licencias se conceden y la Asistencia se obtiene únicamente mediante la ejecución de Pedidos. Cada Pedido se considera un contrato independiente, separado de cualquier otro Pedido, a menos que se indique expresamente lo contrario en el mismo, y en caso de conflicto directo entre cualquier Pedido y los términos de este Contrato, los términos del Pedido prevalecerán únicamente si el Pedido es ejecutado por un representante autorizado de cada parte. En virtud del presente Contrato, los pedidos podrán ser realizados por y entre (a) NAKIVO o una filial de NAKIVO; y (b) el Cliente o una filial del Cliente. Con respecto a un Pedido, se considerará que los términos "NAKIVO" y "Cliente", tal y como se utilizan en este Acuerdo, se refieren a las entidades que ejecutan dicho Pedido, el Pedido se considerará un acuerdo de dos partes entre dichas entidades, y NAKIVO facturará por separado al Cliente nombrado en el Pedido los honorarios de Licencia y los honorarios de Soporte asociados. Ni la ejecución de este Acuerdo, ni nada de lo aquí contenido, obligará a ninguna de las partes a suscribir ningún Pedido. En el caso de que un Pedido sea propuesto por NAKIVO y se considere que constituye una oferta, la aceptación de dicha oferta se limitará a sus términos. En caso de que el Cliente proponga un Pedido mediante la presentación de una orden de compra, independientemente de que NAKIVO reconozca, acepte o ejecute total o parcialmente dicha orden de compra, NAKIVO SE OPONE a cualquier condición adicional o diferente en la orden de compra, distinta de las que establecen el Producto, el precio y la Capacidad bajo Licencia de conformidad con el presente Contrato.

3. LICENCIA

Sujeto a los términos de este Acuerdo, NAKIVO concede al Cliente una licencia perpetua no exclusiva, intransferible y no sublicenciable (a menos que se proporcione una licencia no perpetua en un Pedido), tal y como se especifica en el Pedido correspondiente, para ejercer los siguientes derechos sobre el Producto hasta la Capacidad Licenciada: (a) copiar el Producto con el fin de instalarlo en el hardware propiedad del Cliente o alquilado en una instalación propiedad del Cliente o controlada por éste en el Territorio; (b) operar únicamente para las operaciones comerciales internas del Cliente y sus Filiales; y (c) realizar una copia del Producto únicamente con fines de archivo (colectivamente, una "Licencia"). Las Filiales pueden utilizar y acceder a los Productos y al Soporte bajo los términos de este Contrato, y el Cliente es responsable del cumplimiento de los términos de este Contrato por parte de sus Filiales.

4. RESTRICCIONES

El Cliente no podrá: (a) copiar, operar o utilizar ningún Producto por encima de la Capacidad Autorizada aplicable; (b) modificar, borrar o eliminar cualquier aviso de propiedad, título, marca comercial, patente o copyright ("Identificación") de cualquier Producto; (c) copiar cualquier Producto o parte de cualquier Producto sin reproducir toda la Identificación en cada copia o copia parcial; (d) desensamblar, realizar ingeniería inversa, descompilar o intentar derivar de cualquier otro modo el código fuente de cualquier Producto a partir del código objeto, excepto en la medida en que lo permita expresamente la legislación aplicable a pesar de esta limitación sin posibilidad de renuncia contractual; (e) distribuir, alquilar, arrendar, sublicenciar o proporcionar el Producto a terceros o utilizarlo en una oficina de servicios, en un entorno de subcontratación o para el procesamiento de datos de terceros; (f) proporcionar a terceros los resultados de cualquier evaluación funcional o pruebas de rendimiento sin la aprobación previa por escrito de NAKIVO; (g) intentar desactivar o eludir cualquiera de los mecanismos de licencia del Producto; o (h) violar cualquier otra restricción de uso contenida en la Documentación.

5. GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO DEL PRODUCTO

NAKIVO garantiza que: (a) el Producto funcionará de acuerdo sustancialmente con su Documentación durante un período de treinta (30) días a partir de la fecha del primer Pedido; y (b) NAKIVO ha realizado esfuerzos comercialmente razonables y coherentes con los estándares de la industria para escanear y eliminar virus de software; y (c) aparte de las contraseñas que puedan ser necesarias para el funcionamiento del Producto, NAKIVO no ha insertado ningún código que no esté contemplado en la Documentación y que esté diseñado para eliminar, interferir o desactivar el funcionamiento normal de los Productos de acuerdo con la Licencia. Esta garantía no se aplicará a ningún problema causado por: (a) hardware; o (b) software distinto al Producto; o (c) uso del Producto, o uso de software distinto al Producto sin instalar las últimas actualizaciones de software de seguridad y fiabilidad; o (d) uso indebido del Producto; o (e) uso del Producto distinto al previsto en la Licencia aplicable; o (f) modificación del Producto; o (g) reclamaciones realizadas fuera del periodo de garantía; o (h) reclamaciones realizadas incumpliendo los requisitos de notificación y acceso establecidos a continuación. No se ofrece ninguna garantía para la Capacidad adicional concedida bajo Licencia, el Producto proporcionado en virtud del Soporte o el Producto proporcionado en virtud de la Sección 11.

6. RECURSOS LIMITADOS

La responsabilidad total de NAKIVO, y el recurso exclusivo del Cliente, por incumplimiento de la garantía anterior se limita a: El uso por parte de NAKIVO de esfuerzos comercialmente razonables para que el Producto funcione de acuerdo con su Documentación, o la sustitución del Producto no conforme dentro de un período de tiempo razonable. Si NAKIVO no puede hacer que el Producto funcione de acuerdo con su Documentación y reemplazar el Producto dentro de un período de tiempo comercialmente razonable, entonces NAKIVO reembolsará la cantidad pagada por el Cliente por la Licencia para ese Producto. Los derechos del Cliente y las obligaciones de NAKIVO en esta sección están condicionados a que el Cliente proporcione a NAKIVO durante el período de garantía: (a) plena cooperación; y (b) acceso al Producto para resolver cualquier reclamación; y (c) acceso al entorno de hardware y software del Producto del Cliente; y (d) notificación escrita dirigida al Departamento Legal de NAKIVO que incluya notificación de la reclamación, una descripción completa de los supuestos defectos suficiente para permitir su reproducción en el entorno de desarrollo o soporte de NAKIVO, y una referencia específica a la Documentación a la que se oponen dichos supuestos defectos.

7. EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS

EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS. CON EXCEPCIÓN DE LAS GARANTÍAS EXPRESAS EN ESTE ACUERDO, EL PRODUCTO SE PROPORCIONA SIN NINGUNA OTRA GARANTÍA, Y NAKIVO, SUS AFILIADOS Y LICENCIADORES RENUNCIAN A CUALQUIER OTRA GARANTÍA, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR Y NO INFRACCIÓN. NAKIVO NO GARANTIZA QUE EL FUNCIONAMIENTO DEL PRODUCTO SEA ININTERRUMPIDO O ESTÉ LIBRE DE ERRORES, NI QUE PUEDAN CORREGIRSE TODOS LOS DEFECTOS.

8. PAGOS Y ENTREGA

El Cliente pagará cada cuota de Licencia y/o cuota de Soporte al recibir la factura. El Cliente pagará o reembolsará a NAKIVO o, cuando así lo exija la ley, a la agencia gubernamental correspondiente, los impuestos de cualquier tipo, incluidos los impuestos sobre ventas, uso, IVA, impuestos especiales, derechos de aduana, retenciones, propiedad y otros impuestos similares (distintos de los impuestos basados en los ingresos netos de NAKIVO) impuestos en relación con la Licencia y/o las cuotas de Soporte que no incluyan dichos impuestos. Para los Productos que se entregan electrónicamente, a petición de NAKIVO, el Cliente se compromete a proporcionar a NAKIVO la Documentación acreditativa de que el Producto designado fue recibido electrónicamente. Si el Cliente acepta cualquier Producto en un formato no electrónico, puede haber un cargo adicional y es responsabilidad exclusiva del Cliente soportar cualquier obligación de impuestos sobre ventas/uso, multas e intereses. El saldo impagado de cada pago atrasado devengará intereses a un tipo igual al 1% mensual o a la cantidad máxima permitida por la ley, el menor de los dos. Todos los Productos están autorizados FCA ("Free Carrier" según Incoterms 2000) punto de envío. Los Productos se aceptan en la fecha en que NAKIVO entrega el Producto al Cliente, ya sea físicamente o proporcionando códigos de acceso para descarga electrónica, lo que ocurra primero, sin embargo, dicha aceptación no afectará a la Garantía de Rendimiento del Producto prevista en el presente Contrato.

9. DERECHOS DE PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD

(a) NAKIVO, sus filiales o sus licenciantes conservan todos los derechos, títulos e intereses sobre el Producto, el Servicio de asistencia y todos los derechos de propiedad intelectual y derechos de propiedad relacionados. El Producto y todo el software de terceros suministrado con el Producto están protegidos por las leyes aplicables en materia de derechos de autor, secretos comerciales, propiedad industrial y otros derechos de propiedad intelectual. El Cliente no podrá eliminar del Producto ninguna identificación del producto, aviso de derechos de autor, marca comercial u otro aviso. NAKIVO se reserva todos los derechos que no se hayan concedido expresamente al Cliente en el presente Contrato. (b) Por «Información Confidencial» se entiende toda la información privada o confidencial que el divulgador («Divulgador») revele al destinatario («Destinatario»), e incluye, entre otras cosas (i) toda la información relativa a la información financiera, los clientes, los empleados, los productos o los servicios del Divulgador, incluyendo, sin limitación, el código de software, los diagramas de flujo, las técnicas, las especificaciones, los planes de desarrollo y comercialización, las estrategias y las previsiones; (ii) en lo que respecta a NAKIVO y sus licenciantes, el Producto y cualquier software de terceros proporcionado con el Producto; y (iii) los términos del presente Acuerdo, incluyendo, sin limitación, la información sobre los precios del Producto. La Información Confidencial no incluye la información que el Destinatario pueda demostrar que: (a) estaba legítimamente en posesión del Destinatario sin ninguna obligación de confidencialidad antes de recibirla del Divulgador; (b) es o pasa a ser de dominio público sin culpa del Destinatario; (c) ha sido legítimamente recibida por el Destinatario de un tercero sin violar un deber de confidencialidad; o (d) ha sido desarrollada de forma independiente por o para el Destinatario. El Destinatario no podrá revelar la Información Confidencial del Divulgador a ningún tercero ni utilizar la Información Confidencial en violación del presente Acuerdo. El Destinatario (i) ejercerá el mismo grado de cuidado y protección con respecto a la Información Confidencial del Divulgador que el que ejerce con respecto a su propia Información Confidencial y (ii) no divulgará, copiará, distribuirá, republicará ni permitirá que ningún tercero tenga acceso a ninguna Información Confidencial del Divulgador, ya sea directa o indirectamente. No obstante lo anterior, el Destinatario podrá revelar la Información Confidencial del Divulgador a los empleados y agentes del Destinatario que tengan necesidad de conocerla, siempre que dichos empleados y agentes tengan obligaciones legales de confidencialidad sustancialmente iguales (y en ningún caso menos protectoras) a las disposiciones del presente Acuerdo. (c) Obligación de notificación. Si el Destinatario tiene conocimiento de cualquier uso o divulgación no autorizados de la Información Confidencial del Divulgador, deberá notificar de forma inmediata y exhaustiva al Divulgador todos los hechos de los que tenga conocimiento en relación con dicho uso o divulgación no autorizados. Además, si se exigen al Destinatario o a cualquiera de sus empleados o agentes (mediante preguntas orales, interrogatorios, solicitudes de información o de documentos en procedimientos judiciales, citaciones, una orden de investigación civil u otro proceso similar) a revelar cualquier información confidencial del Divulgador, el Destinatario no revelará dicha información sin proporcionar al Divulgador un preaviso por escrito comercialmente razonable que le permita solicitar una orden de protección u otro recurso apropiado, o renunciar al cumplimiento de esta disposición. En cualquier caso, el Destinatario hará todo lo comercialmente razonable para preservar la confidencialidad de la Información Confidencial del Divulgador, incluyendo, sin limitación, cooperar con el Divulgador para obtener una orden de protección adecuada u otra garantía fiable de que se concederá un trato confidencial a la Información Confidencial. No obstante lo anterior, el Cliente acepta que NAKIVO pueda incluir el nombre del Cliente en listas de clientes.

10. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS; LÍMITES DE RESPONSABILIDAD

EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS; LÍMITES DE RESPONSABILIDAD. SALVO EN CASO DE INFRACCIÓN DE LA LICENCIA (SECCIÓN 3), RESTRICCIONES DE LA LICENCIA (SECCIÓN 4), DERECHOS DE PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD (SECCIÓN 9) Y EN CASO DE RECLAMACIÓN POR INFRACCIÓN (SECCIÓN 12), NINGUNA DE LAS PARTES, SUS FILIALES O LOS LICENCIANTES DE NAKIVO SON RESPONSABLES DE (A) NINGÚN DAÑO ESPECIAL, INDIRECTO, INCIDENTAL, PUNITIVO O CONSECUENTE RELACIONADO CON O DERIVADO DE ESTE CONTRATO, EL SOPORTE, EL PRODUCTO O CUALQUIER CÓDIGO O SOFTWARE DE TERCEROS PROPORCIONADO CON EL PRODUCTO (INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, LUCRO CESANTE, PÉRDIDA DE TIEMPO DE USO DEL ORDENADOR Y DAÑOS O PÉRDIDA DE USO DE LOS DATOS), INCLUSO SI SE HA ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS, E INDEPENDIENTEMENTE DE LA NEGLIGENCIA DE UNA DE LAS PARTES O DE SI TALES DAÑOS SON EL RESULTADO DE UNA RECLAMACIÓN DERIVADA DEL DERECHO CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL, O (B) DAÑOS DE CUALQUIER TIPO POR UN IMPORTE SUPERIOR AL IMPORTE DE LOS DAÑOS DIRECTOS REALES HASTA EL LÍMITE. EL TÉRMINO "LÍMITE" SIGNIFICA (I) SI NAKIVO ES EL PAGADOR, LA CANTIDAD PAGADA POR EL CLIENTE POR LA LICENCIA DEL PRODUCTO QUE DA LUGAR A DICHOS DAÑOS Y (II) SI EL CLIENTE ES EL PAGADOR, LA MAYOR DE LAS CANTIDADES PAGADAS O POR PAGAR POR EL CLIENTE POR LA LICENCIA DEL PRODUCTO QUE DA LUGAR A DICHOS DAÑOS.

11. LICENCIA DE PRUEBA Y LICENCIA GRATUITA

NAKIVO puede determinar, a su entera discreción, poner productos a disposición del Cliente sin un Pedido y sin cargo alguno. Dichos productos se consideran "Productos" de conformidad con el presente Contrato, excepto que (a) se proporcionan al Cliente únicamente para que éste pueda evaluar internamente si desea adquirir una licencia de los productos a cambio de una tarifa; y (b) el plazo de licencia de dichos productos es de quince (15) días o cualquier otro número de días especificado por NAKIVO; y (c) los Productos se proporcionan "TAL CUAL" y sin ninguna garantía o soporte; y (d) el Producto no puede ser puesto en uso productivo o incluido como parte de los procesos de negocio del Cliente de ninguna manera, a menos o hasta que sean expresamente licenciados y pagados bajo un Pedido. NAKIVO podrá rescindir todos los derechos y licencias del Cliente sobre estos productos por conveniencia de NAKIVO previa notificación al Cliente.

12. RECLAMACIONES POR INFRACCIÓN

Si un tercero presenta una reclamación contra el Cliente afirmando que el uso por parte del Cliente de un Producto de conformidad con el presente Contrato viola los derechos de patente, secreto comercial o derechos de autor de dicho tercero ("Reclamación por infracción"), entonces NAKIVO, a sus expensas: (a) defenderá o resolverá la Reclamación por infracción; e (b) indemnizará al Cliente por cualquier daño finalmente concedido contra el Cliente basado en la infracción por parte del Producto. Las obligaciones de NAKIVO bajo esta Sección no se aplicarán si: (a) el departamento legal de NAKIVO no recibe una notificación por escrito, rápida y detallada de la Reclamación por Infracción por parte del Cliente, (b) NAKIVO no es capaz de retener el control exclusivo de la defensa de la Reclamación por Infracción y todas las negociaciones para su resolución o compromiso, (c) NAKIVO no recibe toda la asistencia razonable, o (d) la Reclamación por Infracción se basa en (i) el uso del Producto en combinación con productos no aprobados por NAKIVO en la Documentación del Producto, (ii) el incumplimiento por parte del Cliente de utilizar cualquier actualización de dicho Producto dentro de un plazo razonable después de que dichas actualizaciones se pongan a disposición del Cliente, o (iii) el incumplimiento por parte del Cliente de utilizar el Producto según lo permitido por el Pedido y de acuerdo con la Documentación. NAKIVO no vinculará al Cliente a una obligación monetaria en un acuerdo o compromiso, o hará una admisión en nombre del Cliente, sin obtener el consentimiento previo del Cliente. Si NAKIVO determina, a su razonable discreción, que el uso de los Productos debe detenerse debido a una Demanda por Infracción o a una Demanda por Infracción potencial, si un tribunal de jurisdicción competente prohíbe al Cliente el uso de un Producto como resultado de una Demanda por Infracción y NAKIVO no puede conseguir que se suspenda o anule dicha orden judicial, o si NAKIVO resuelve una Demanda por Infracción en términos que requieran que el Cliente deje de usar el Producto, entonces NAKIVO, a su costa y elección: (a) modificará o sustituirá el Producto, (b) obtendrá el derecho a seguir utilizando el Producto, o (c) si a juicio razonable de NAKIVO, ni (a) ni (b) son comercialmente razonables, (i) rescindirá la Licencia del Cliente sobre el Producto para cualquier licencia perpetua, y (ii) para cualquier licencia no perpetua, liberará al Cliente de su obligación de realizar pagos futuros por el Producto. Esta Sección contiene los recursos exclusivos del Cliente y la única responsabilidad de NAKIVO por Reclamaciones de Infracción.

13. TERMINACIÓN

Previo aviso por escrito con treinta (30) días de antelación, cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Acuerdo para su conveniencia de forma prospectiva; sin embargo, dicha rescisión no tendrá efecto sobre los Pedidos ejecutados por las partes antes de su fecha de entrada en vigor y dichos Pedidos permanecerán en pleno vigor y efecto bajo los términos del presente Acuerdo. NAKIVO podrá: (i) rescindir un Pedido y las Licencias de los Productos de dicho Pedido si el Cliente no paga las tarifas aplicables debidas en virtud de dicho Pedido en un plazo de 30 días tras la recepción de la notificación por escrito de NAKIVO de impago; (ii) rescindir cualquiera o todos los Pedidos, Licencias de los Productos y/o este Acuerdo, sin notificación o período de subsanación, si el Cliente viola los derechos de propiedad intelectual de NAKIVO, sus Afiliados o licenciantes, o utiliza los Productos fuera del alcance de las Licencias aplicables; o (iii) rescindir todas las Licencias y este Acuerdo en su totalidad o en parte si el Cliente comete cualquier otro incumplimiento material de este Acuerdo y no corrige el incumplimiento dentro de los 30 días después de que NAKIVO notifique al Cliente por escrito del incumplimiento. Tras cualquier rescisión de una Licencia, el Cliente desinstalará inmediatamente y dejará de utilizar los Productos pertinentes, y a petición de NAKIVO, el Cliente devolverá inmediatamente dichos Productos a NAKIVO, junto con toda la Documentación y copias relacionadas, o certificará su destrucción por escrito. Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento de cualquier obligación derivada del presente Contrato, salvo la obligación de pago, durante cualquier período en que el cumplimiento se vea retrasado por circunstancias ajenas al control razonable de dicha parte.

14. AUDITORÍA

A petición de NAKIVO y como máximo una vez cada treinta (30) días, el Cliente se compromete a entregar a NAKIVO informes periódicos sobre la utilización de los Productos generados a partir de Productos específicos (cuando estén disponibles) o informes escritos, generados manual o electrónicamente, en los que se especifique la utilización de los Productos por parte del Cliente. Además, si NAKIVO lo solicita no más de una vez cada noventa (90) días, el Cliente se compromete a permitir que NAKIVO realice una auditoría en las instalaciones del Cliente durante el horario laboral normal para garantizar el cumplimiento de los términos del presente Contrato. El Cliente se compromete a cooperar durante dicha auditoría y a proporcionar un acceso razonable a su información y sistemas. Si una auditoría revela que el Cliente ha excedido la Capacidad Autorizada para un Producto, el Cliente acepta pagar las tarifas aplicables por la capacidad adicional. Si la capacidad infravalorada excede el 5% de la Capacidad Licenciada de los Productos aplicables, entonces el Cliente acepta pagar también los costes razonables de NAKIVO para llevar a cabo la auditoría.

15. CONTROLES DE EXPORTACIÓN

Al utilizar la Tecnología (tal y como se define este término más adelante), el Cliente reconoce que es responsable de cumplir con las leyes y normativas aplicables de los Estados Unidos y de todos los demás países pertinentes en materia de exportaciones y reexportaciones. El Cliente se compromete a no descargar, acceder, licenciar ni exportar o reexportar de ningún otro modo, directa o indirectamente, ningún código de software (suministrado como Producto NAKIVO, a través del soporte/mantenimiento o mediante otros servicios), ninguna publicación técnica relacionada con el código de software, como notas de la versión, referencias, guías de usuario, de instalación, de administrador de sistemas y técnicas, ni servicios (en conjunto, «Tecnología») en violación de dichas leyes y normativas, incluidas las normativas que prohíben la exportación a determinados países restringidos («Países restringidos»), o sin la autorización gubernamental por escrito exigida por dichas leyes aplicables. La lista de Países Restringidos puede cambiar y, de hecho, cambia de vez en cuando. Actualmente incluye a Cuba, Irán, Corea del Norte, Sudán y Siria. En particular, pero sin limitarse a ello, la Tecnología no podrá descargarse, licenciarse, transferirse ni exportarse o reexportarse de ningún otro modo, directa o indirectamente, incluso a través de acceso remoto (a) a un País Restringido o a un nacional o residente de un País Restringido; (b) a cualquier persona incluida en la lista de «Nacionales Especialmente Designados u Otras Personas Bloqueadas» del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, en la Lista de Partes Denegadas, la Lista de Entidades o la Lista de No Verificadas del Departamento de Comercio de los Estados Unidos; o (c) para cualquier uso final relacionado con la proliferación (armas nucleares, tecnología de misiles o armas químicas/biológicas). Al descargar, obtener la licencia y/o utilizar la Tecnología, el Cliente declara y garantiza que (w) no se encuentra en ninguna ubicación en un País Restringido, ni está bajo su control, ni actúa en su nombre, ni es ciudadano o residente de ningún País Restringido; (x) el Cliente no figura en ninguna de las listas mencionadas en el apartado (b) anterior; (y) el Cliente no participa en ningún uso final enumerado en el apartado (c) anterior; y (z) ninguna agencia federal de EE. UU. ha suspendido, revocado o denegado sus privilegios de exportación. El Cliente acepta que todos los derechos de uso de la Tecnología se conceden con la condición de que dichos derechos se perderán si incumple estas condiciones.

El Reglamento (CE) n.º 428/2009 establece un régimen comunitario para el control de las exportaciones de elementos y tecnología de doble uso, y se declara que esta Tecnología está destinada exclusivamente a fines civiles. Por lo tanto, el Cliente se compromete a no conceder licencias, descargar ni transferir, directa o indirectamente, ninguna Tecnología bajo su control a ninguna entidad militar ni a ninguna otra entidad con fines militares, incluidas las Fuerzas de Seguridad del Estado, de conformidad con el presente Acuerdo, ni a transferir a sabiendas ninguna Tecnología a usuarios finales para su uso en relación con armas químicas, biológicas o nucleares, o con misiles capaces de lanzar dichas armas. El Cliente también se compromete a: (a) no exportar ni reexportar ninguna Tecnología a una entidad con sede en China que se denomine «Instituto(s)» o «Academia(s)»; o (b) no exportar ni reexportar a sabiendas ninguna Tecnología a ningún país sujeto a sanciones de la Unión Europea, las Naciones Unidas o la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa sin obtener previamente una licencia válida.

16. LEY APLICABLE

El presente Contrato se rige por la legislación sustantiva vigente, sin tener en cuenta los principios de conflicto de leyes: (a) en el Estado de Nevada, si adquirió la Licencia en los Estados Unidos, Puerto Rico o cualquier país de América Central o del Sur; (b) en la Provincia de Ontario, si adquirió la Licencia en Canadá (apartados (a) y (b) denominados conjuntamente "Región de las Américas"); (c) en Singapur, si adquirió la Licencia en Japón, Corea del Sur, República Popular China, Regiones Administrativas Especiales de Hong Kong o Macao, Taiwán, Filipinas, Indonesia, Malasia, Myanmar, Singapur, Brunei, Vietnam, Camboya, Laos, Tailandia, India, Pakistán, Australia, Nueva Zelanda, Papúa Nueva Guinea o cualquiera de los estados insulares del Pacífico (colectivamente, "Región Asia-Pacífico"); o (d) en Kiev, Ucrania, si adquirió la Licencia en cualquier otro país no descrito anteriormente. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías queda expresamente excluida en su totalidad.

17. ARBITRAJE

CUALQUIER CONTROVERSIA, RECLAMACIÓN O DISPUTA ENTRE EL CLIENTE Y NAKIVO QUE SURJA DE O ESTÉ RELACIONADA CON ESTE ACUERDO, O CON EL INCUMPLIMIENTO O PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DEL MISMO, SE RESOLVERÁ MEDIANTE ARBITRAJE VINCULANTE REALIZADO EN INGLÉS. EL ARBITRAJE SE CELEBRARÁ EN NEVADA, CONDADO DE CLARK, EE.UU., BAJO LAS NORMAS COMERCIALES O INTERNACIONALES VIGENTES, SEGÚN CORRESPONDA, DE LA ASOCIACIÓN AMERICANA DE ARBITRAJE. LOS COSTES DEL ARBITRAJE SE SUFRAGARÁN A PARTES IGUALES A LA ESPERA DEL LAUDO DEL ÁRBITRO. EL LAUDO DICTADO SERÁ DEFINITIVO Y VINCULANTE PARA LAS PARTES Y NO ESTARÁ SUJETO A APELACIÓN ANTE NINGÚN TRIBUNAL, PUDIENDO SER EJECUTADO EN CUALQUIER TRIBUNAL DE JURISDICCIÓN COMPETENTE. NADA DE LO DISPUESTO EN EL PRESENTE ACUERDO SE CONSIDERARÁ UN IMPEDIMENTO PARA QUE CUALQUIERA DE LAS PARTES SOLICITE MEDIDAS CAUTELARES A CUALQUIER TRIBUNAL QUE TENGA JURISDICCIÓN SOBRE LAS PARTES Y EL OBJETO DE LA DISPUTA, SEGÚN SEA NECESARIO PARA PROTEGER LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, LA PROPIEDAD O CUALQUIER OTRO DERECHO DE PROPIEDAD DE CUALQUIERA DE LAS PARTES. TODOS LOS PROCEDIMIENTOS DE ARBITRAJE SE LLEVARÁN A CABO DE FORMA CONFIDENCIAL, Y LA PARTE QUE PREVALEZCA EN EL ARBITRAJE TENDRÁ DERECHO A RECUPERAR DE LA OTRA PARTE LOS HONORARIOS RAZONABLES DE SUS ABOGADOS Y LOS COSTES NECESARIOS EN QUE HAYA INCURRIDO EN RELACIÓN CON EL MISMO.

18. ADQUISICIONES FEDERALES DE ESTADOS UNIDOS

Este Artículo se aplica a todas las adquisiciones del Producto comercial objeto de este Acuerdo por o en nombre del gobierno federal, o por cualquier contratista principal o subcontratista (en cualquier nivel) en virtud de cualquier contrato, subvención, acuerdo de cooperación u otra actividad con el gobierno federal. Al aceptar la entrega del Producto, el Gobierno acepta por la presente que el Producto se considera "comercial" en el sentido de la(s) normativa(s) de adquisición aplicable(s) a esta contratación. Los términos y condiciones de este Acuerdo se aplicarán al uso y divulgación del Producto por parte del Gobierno, y sustituirán a cualesquiera términos y condiciones contractuales contradictorios. Si la licencia concedida por el presente Acuerdo no satisface las necesidades del Gobierno o es incompatible en cualquier aspecto con la legislación federal, el Gobierno se compromete a devolver el Producto, sin utilizar, a NAKIVO. La siguiente declaración adicional se aplica únicamente a las adquisiciones regidas por DFARS Subparte 227.4 (octubre de 1988): "Derechos Restringidos - El uso, duplicación y divulgación por parte del Gobierno está sujeto a las restricciones establecidas en el subpárrafo (c)(1)(ii) de la cláusula de Derechos sobre Datos Técnicos y Software Informático en DFARS 252.227-7013 (Oct. 1988)."

19. ENTIDADES NAKIVO

Las siguientes entidades concedentes de licencias aplican al presente Acuerdo:
Territorio: Todo el mundo
Entidad concedente de licencias: NAKIVO, Inc.

Dirección de la entidad concedente de licencias:
4894 Sparks Blvd.
Sparks, NV, EE. UU.
89436-8202

20. CESIÓN Y TRANSFERENCIAS

El Cliente no podrá ceder o transferir un Producto separado del Acuerdo y la Licencia aplicables, y no podrá ceder o transferir un Acuerdo o una Licencia, excepto en el caso de una fusión con, o una transferencia de todos o sustancialmente todos los activos del Cliente a un tercero que asuma todas las responsabilidades y obligaciones del Cliente en virtud del Acuerdo y la Licencia, y que acepte expresamente estar vinculado y cumplir con todos los términos del Acuerdo y la Licencia. Cualquier intento de ceder o transferir un Acuerdo o Licencia en violación de esta disposición será nulo y será tratado como una violación de los derechos de propiedad intelectual de NAKIVO o uso fuera del ámbito de la Licencia.

21. TÉRMINOS VARIOS

La renuncia por una de las partes al incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente Acuerdo no se interpretará como una renuncia a cualquier incumplimiento posterior o continuado. En caso de que alguna de las cláusulas del presente Acuerdo sea inválida o inaplicable, las cláusulas restantes permanecerán en vigor. Las partes reconocen que han leído el presente Acuerdo y acuerdan que es la declaración completa y exclusiva del acuerdo y sustituye a cualquier negociación o acuerdo anterior o contemporáneo, entre las partes en relación con el objeto del presente Acuerdo. El presente Acuerdo no podrá modificarse ni rescindirse salvo por escrito firmado por ambas partes. La parte vencedora en cualquier litigio tendrá derecho a recuperar de la otra parte sus honorarios de abogado y costas. En la medida en que los Productos NAKIVO incluyan código de terceros: si (a) dicho código de terceros se proporciona para su uso con un Producto, sólo podrá utilizarse con dicho Producto, salvo que se disponga lo contrario en la Documentación; y (b) la Documentación contiene términos relativos a dicho código de terceros, dichos términos regirán el código de terceros en lugar de los términos del Pedido aplicable y del presente Contrato; con la salvedad de que los términos de terceros no (i) negarán o modificarán los derechos concedidos por NAKIVO al Cliente o las obligaciones asumidas por NAKIVO en el Pedido aplicable o en el presente Contrato con respecto a un Producto; o (ii) impondrán restricciones adicionales al uso del Producto por parte del Cliente. En algunas circunstancias, normalmente para la comodidad de sus clientes o para cumplir con la obligación de poner a disposición el código fuente bajo términos de licencia específicos, NAKIVO distribuye a los clientes, sin cargo alguno, productos que no se rigen por un Pedido o por el presente Contrato. Dichos productos se distribuyen por separado de los Productos NAKIVO, se rigen por los términos de licencia que se incluyen con ellos, y son proporcionados por NAKIVO TAL CUAL, DONDE ESTÁN Y SIN GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO, YA SEAN ORALES O ESCRITAS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, Y EXCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR, NO INFRACCIÓN Y TÍTULO. Las partes han acordado que el presente Acuerdo y los documentos relacionados con el mismo se redacten en lengua inglesa.

22. APOYO

El Cliente puede adquirir los servicios de soporte NAKIVO ("Soporte") en un Pedido. Una vez adquirido el Soporte para un Producto, el Cliente queda automáticamente inscrito en el Soporte de forma mensual o anual para toda la Capacidad bajo Licencia de dicho Producto, a menos que cualquiera de las partes rescinda el Soporte para toda la Capacidad bajo Licencia de un Producto mediante notificación por escrito con al menos treinta (30) días de antelación a la siguiente fecha de aniversario del Soporte. La cuota mensual o anual del Soporte se acordará en el momento de cada Pedido. NAKIVO se reserva el derecho de modificar los términos de la Asistencia, con efecto a partir de la fecha de aniversario de la asistencia del Cliente. NAKIVO se reserva el derecho de suspender el Soporte de un Producto cuando NAKIVO suspenda generalmente dichos servicios a todos los licenciatarios de dicho Producto. Todo Cliente que no esté al día con el Soporte no recibirá nuevas claves de licencia (incluidas las fusiones de licencia y las actualizaciones de edición) hasta que se renueve el Soporte. En caso de interrupción de la Asistencia y de reinscripción del Cliente en la Asistencia, NAKIVO podrá cobrar al Cliente una tasa de restablecimiento.

23. CONDICIONES ADICIONALES

Los siguientes términos adicionales se incorporan al presente Contrato.

a. DEFINICIONES. Los términos que se establecen a continuación tienen el significado indicado, independientemente de si aparecen en mayúsculas.

«Ordenador» o «Servidor» tiene el significado que se le da generalmente en el sector informático, es decir, una máquina individual, ya sea una unidad central de procesamiento, como un ordenador central, o una máquina de sistemas distribuidos, como un servidor basado en Unix o Intel. Un ordenador mainframe sería un ordenador mainframe individual que cuenta con uno o varios procesadores o motores.

«Enterprise» es el entorno compuesto por todo el hardware que el Cliente posea o tenga arrendado en el Territorio.

b. RESTRICCIONES DE LA LICENCIA. Las siguientes restricciones se aplican a determinados Productos. Cada licencia «NAKIVO Backup & Replication» está limitada para su uso por CPU (subcapacidad) o por ordenador (subcapacidad).

c. UNIDADES DE MEDIDA. Las siguientes unidades de medida se aplican a determinados Productos.

por CPU – Capacidad completa: Se requiere una licencia por el número total de CPU físicas activas en cada Ordenador en el que el Producto esté realizando tareas de copia de seguridad o replicación, ya sea de forma remota o local. «CPU» significa un procesador físico o unidad central en un Ordenador designado que contenga los circuitos lógicos que ejecutan las instrucciones de los programas de un Ordenador y se refiere al «zócalo de CPU» que puede contener uno o más núcleos de procesador.

por CPU - Subcapacidad: Se requiere una licencia para todas las CPU físicas activas en las que el Producto esté realizando tareas de copia de seguridad o replicación, ya sea de forma remota o local. «CPU» significa un procesador físico o unidad central en un Ordenador designado que contiene los circuitos lógicos que ejecutan las instrucciones de los programas de un Ordenador y se refiere al «zócalo de CPU» que puede contener uno o más núcleos de procesador.

por ordenador – Capacidad completa: Se requiere una licencia para todos los ordenadores activos (ya sean virtuales o físicos) en los que el Producto esté realizando tareas de copia de seguridad o replicación, ya sea de forma remota o local.

por ordenador - Subcapacidad: Se requiere una licencia para todos los ordenadores activos en los que el Producto esté realizando tareas de copia de seguridad o replicación, ya sea de forma remota o local.

USTED ACEPTA QUE HA LEÍDO EL PRESENTE ACUERDO Y QUE SE COMPROMETE A CUMPLIRLO, COMO SI LO HUBIERA FIRMADO POR ESCRITO. SI ACTÚA EN NOMBRE DE UNA ENTIDAD, GARANTIZA QUE TIENE LA AUTORIDAD NECESARIA PARA ACEPTAR LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE ACUERDO EN NOMBRE DE DICHA ENTIDAD.